¿Porqué es importante la opinión de un auditor externo independiente?
Así como en la auditoría de estados financieros; la opinión de un auditor externo independiente ha acaparado suma importancia, en la auditoría en materia de prevención de lavado de dinero, debido a la independencia que debe tener el auditor con respecto a la entidad.
Recordemos que el objeto de la auditoría en materia de Prevención de Lavado de Dinero es precisamente descubrir las mejoras, áreas de oportunidad, evaluar si se cumple o no con las especificaciones de las disposiciones tanto nacionales como internacionales, identificar los riesgos y sus niveles, detectar los productos y servicios que no han sido vistos, y así poder emitir recomendaciones para mejorar los procesos.
Si bien es cierto, que la auditoría interna es menos costosa para las entidades, ya que pueden contar con el personal interno, que cuenta con la experiencia y conoce, la operación de la sociedad, puesto que se encuentra inmiscuido en el sistema, incluso sabe de las debilidades de la o de sus necesidades; lo cual le ayuda a rendir un informe con todas las áreas de oportunidad que requiere mejoras y seguimiento.
Pero no siempre es así; ya que el ojo del auditor interno al encontrarse siempre inserto en la entidad, no le permite allegarse a profundidad en sus revisiones; y ahí es donde cobra total importancia el auditor externo por su total independencia, toda vez que su opinión a emitir será mucho más objetiva.
Una vez concluido el proceso de auditoría; dicha opinión le permitirá a las sociedades llevar a cabo un plan de remediación basado en las observaciones críticas e independientes de los auditores, puesto que este proceso de revisión no sólo identifica debilidades sino también tiene el objeto de plantear mejoras, medidas de corrección de deficiencias en los procesos de prevención.
Finalmente es importante señalar que el dictamen emitido por los auditores externos o internos debe cumplir con todos y cada uno de los requisitos de fondo que las disposiciones señalan. El no enviar el dictamen es motivo de sanción por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; aunado al hecho de que no cualquier auditor puede emitir dicho dictamen, sino que debe estar debidamente certificado.